Lucía Sánchez / La Nación
La Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio de Trabajo confirmó la sanción administrativa contra Jarlinson Hurtado Salas, L.A. Constructores SAS y ML Ingenieros Constructores SAS, integrantes del Consorcio Estadio 2014, por incumplimientos a las normas de seguridad y riesgos laborales, que desencadenaron en un fatal accidente el 19 de agosto de 2016, en el que cuatro trabajadores perdieron la vida y 10 más resultaron heridos, durante el desarrollo de las obras de remodelación del estadio ‘Guillermo Plazas Alcid’.
La sanción reside en una multa equivalente a 300 salarios mínimos, que corresponde a $248.434.800, suma que debe ser consignada al EFP Minprotección-Fondo de Riesgos Profesionales, en el término de 15 días hábiles posteriores a la ejecutoria de la Resolución (sancionatoria) No. 0369 del 24 de julio de 2019. De no efectuarse la consignación se procederá al cobro coactivo de la multa, advierte el Despacho.
Sobre la Resolución sancionatoria en mención, contra el Consorcio Estadio 2014, representado por Miguel Alejandro Lozano Castañeda, solo proceden las acciones contencioso-administrativas.
Para el Ministerio de Trabajo, la responsabilidad del Consorcio con los trabajadores de las obras del ‘Plazas Alcid’, no se agotaba “con la afiliación y pago de las cotizaciones al Sistema de Riesgos Laborales”, sino que esta implicaba “tomar todas aquellas medidas tendientes a minimizar los riesgos existentes en los sitios de trabajo”.
La apelación
Tras la decisión de primera instancia, la diligencia de notificación personal al investigado e integrante del Consorcio Estadio 2014, Jarlinson Hurtado Salas, se surtió por intermedio de su apoderado el 31 de julio de 2019. Para el 15 de agosto del mismo año, el abogado de Hurtado Salas, Nelson Bernardo Durán Olarte, interpuso recurso de apelación, en contra de este acto administrativo, bajo los argumentos, de que el Ministerio de Trabajo perdió la competencia para imponer la sanción (impuesta) por demoras en la toma de la decisión, incongruencias entre los cargos, entre otros.
El Ministerio de Trabajo hizo un análisis probatorio sobre la documentación que se allegó por parte de la defensa del Consorcio y ratificó la decisión de imponer la sanción.
“Infiere este Despacho que la decisión adoptada frente al acto acusado, estuvo ajustada y fundamentada en las pruebas regular y oportunamente aportadas al proceso, que condujeron a la certeza legal objetiva de la falta y de la responsabilidad administrativa de los integrantes del Consorcio investigados”, señala el Ministerio de Trabajo en su decisión sancionatoria.
Complementa que “en virtud del análisis realizado, la Dirección de Riesgos Laborales, encuentra que no existen méritos suficientes en el recurso incoado para acceder a las peticiones del recurrente, en el sentido de que se revoque la resolución impugnada, ya que los argumentos plasmados no logran desvirtuar el cargo en su contra, y por la cual, la Dirección Territorial del Huila sancionó a Jarlinson Hurtado Salas, L.A. Constructores SAS, y ML Ingenieros Constructores SAS”.
Con base en lo anterior, la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio de Trabajo, dentro del caso de análisis y bajo las circuntancias expuestas, en precedencia, resolvió ratificar la sanción contra el Consorcio Estadio 2014.
Los hechos
El 19 de agosto de 2016, se presentó el desplome de las graderías de la Tribuna Occidental del estadio Guillermo Plazas Alcid, las cuales se encontraban siendo adecuadas y remodeladas, obra a cargo del Consorcio Estadio 2014, accidente en el que perdieron la vida cuatro trabajadores y 10 más resultaron heridos.
Tras la tragedia, la Dirección Territorial del Ministerio de Trabajo asignó al inspector Jaime Andrés Durán, para adelantar la averiguación preliminar de los hechos, al mismo tiempo que ordenó, una visita de inspección en materia de seguridad y salud en el trabajo a dicha construcción, así como la práctica de diversas pruebas.
El 20 de agosto de 2016, el Inspector ordenó paralizar de inmediato los trabajos en la obra de la fase 1 del ‘Plazas Alcid’. Días después, el Consorcio manifestó graves afectaciones económicas y financieras que llevarían a las empresas consorciadas a una inminente quiebra, y solicitó en cuatro ocasiones de manera prioritaria la apertura de la obra.
El 27 de septiembre de 2016 el Ministerio de Trabajo levantó parcialmente la suspensión de actividades en lo relacionado con el trabajo de montaje de estructura metálica y cubierta de la Tribuna Occidental. Finalmente, el 12 de octubre del mismo año, y luego de la solicitud que hiciera de nuevo el Consorcio, el Ministerio de Trabajo ordenó levantar la orden de suspensión de actividades para que se pudieran llevar a cabo las diferentes obras preventivas y correctivas del Estadio frente 1 y 2.
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Los incumplimientos
El 6 de febrero de 2019 la Dirección Territorial del Huila formuló cargos contra quienes conforman el Consorcio Estadio 2014, en razón del accidente de trabajo mortal en el cual perdieron la vida Feney Stiven Bolaños López, Wilson Rodríguez Serrato, Eliberto Vélez López y Edinson Cabrera Rojas.
En primera medida, por el presunto incumplimiento de parte del Consorcio de suministrar en forma adecuada a los trabajadores, antes de iniciar cualquier ocupación, las instrucciones sobre los riesgos y peligros que pudieran afectarles, además, sobre las normas y métodos para prevenirlos en concordancia con Resolución 2400 de 1979 y artículo 91 del Decreto 1295 de 1994.
Igualmente, por el presunto incumplimiento de procurar el sumo cuidado de los trabajadores y los ambientes de trabajo, de acuerdo con lo consagrado en el artículo 21 y 56 del Decreto 1295 de 1994 en concordancia con el artículo 84 de la ley 9 de 1979.
“El cargo se deduce por la presunta omisión del Consorcio Estadio 2014 de la debida diligencia que debe tener en el entendido de garantizar el bienestar de sus empleados, toda vez que al realizar las obras de fundición se debía contar con los estudios técnicos, necesarios y pertinentes de las condiciones en las que se encontraban las graderías… condiciones técnicas que debían estar previstas antes de iniciar las actividades”, ratifica el Ministerio de Trabajo en la Resolución de la decisión sancionatoria.
Este Despacho indicó además que el consorcio no evidenciaba un estudio, una previsión de que las graderías existentes, que tenían más de 30 años de construidas soportaran la estructura nueva del Estadio. “No se tuvo la prevención de determinar que esa estructura, primero por la antigüedad, y segundo por el peso de la construcción misma, iba a generar necesidad de dilatación que fue la que finalmente hizo que la estructura cayera”.
Estudio del caso
El Ministerio de Trabajo consideró que el Consorcio Estadio 2014, pese haber realizado las obras de las graderías del ‘Plazas Alcid’ con fundamento en el estudio Técnico del 2010 contratado por el Municipio de Nieva, no tuvo en cuenta las recomendaciones allí expuestas, ni realizaron nuevos estudios o un reajuste basado en nuevos análisis que hubieran prevenido el siniestro que ocurrió el 19 de agosto de 2016.
Complementó el Despacho, que el consorcio no realizó una evaluación de la capacidad de carga de las graderías antiguas para diferentes valores de resistencia a la comprensión del concreto desarrollada por el ingeniero civil en el 2010, en la cual se puede observar que existe una alta probabilidad que las graderías del antiguo estadio hayan sido el factor detonante del colapso por la mala calidad de los concretos que tenían estas graderías antiguas.
“Es así como queda claro que el Consorcio no tuvo la previsión de actualizar los estudios de sismo resistencia de la estructura antes de realizar los cálculos para apoyar las estructuras para fundir la nueva tribuna, inclusive teniendo de presente, que el estudio realizado en el año 2010 advertía de las medidas que se debían tomar para evitar un posible colapso de la estructura, el consorcio no probó haber tomado ninguna acción para reforzar la estructura previo al uso de la misma para fines de la nueva tribuna, lo que evidentemente fue el detonante para que fallara la estructura y causara la lamentable pérdida”, señala el Ministerio de Trabajo.
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