Restricciones durante este Sábado en Íquira

Decreto Nº 062 del 2021, será el decreto que regirá las actividades durante hoy sábado, debido a las actividades que se realizaran por parte de la administración municipal en conjunto con asocaiquira.

Durante este sábado, la administración municipal ha estado realizando actividades. muy temprano en la plaza de ferias se llevo acabo el concurso de «la mejor vaca lechera», dando participación a los ganaderos de Íquira. en el parque principal se realiza el mercado campesino y en horas de la tarde una cabalgata, debido a estas actividades la administración municipal decreto alguna mediadas restrictiva.

Decreta

ARTÍCULO PRIMERO – HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE LA FERIA
AGROEMPRESARIAL DEL 9 DE OCTUBRE DE 2021: Establézcase para la
celebración de la Feria Agroempresarial del municipio de Íquira (H); el siguiente
horario de funcionamiento:

APERTURA: A partir de las 07:00 horas del día sábado 9 de octubre de 2021.

CIERRE: La actividad agroempresarial finalizará a las 04:00 horas del día
domingo 10 de octubre de 2021.

Parágrafo 1. El presente Decreto no modifica ni altera el horario de
funcionamiento preestablecido de los establecimientos de comercio del
municipio de Íquira (H).

ARTÍCULO SEGUNDO – RESTRICCIÓN A LA MOVILIDAD VEHICULAR: Establecer
restricción vehicular desde la carrea 5° hasta la carrera 7° entre calles 3° y 5° del
municipio de Íquira (H), desde las 15:00 horas del día sábado 9 de octubre hasta las
04:00 horas del día domingo 10 de octubre de 2021.

ARTÍCULO TERCERO – MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD: Los habitantes del
municipio de Íquira (H) sin excepción alguna, deben cumplir las medidas y protocolos
de bioseguridad implementadas por la Resolución 777 de 2021 expedida por el
Ministerio de Salud y Protección Social o la norma que la sustituya.

ARTÍCULO CUARTO – INCUMPLIMIENTO DE MEDIDAS: Todas las disposiciones
contempladas en el presente Decreto son de estricto cumplimiento para los habitantes
y residentes en el municipio de Íquira (H). Su incumplimiento podrá acarrear las
sanciones previstas en la Ley 1801 de 2016, tales como amonestación, multa,
suspensión de actividad, cierre de establecimiento y demás aplicables, sin perjuicio
de incurrir en las conductas punibles previstas en la Ley 599 de 2000.

ARTÍCULO QUÍNTO – OPORTUNO CUMPLIMIENTO: Se insta a los organismos de
seguridad del Estado y a las autoridades civiles hacer cumplir lo dispuesto en el presente Decreto, para lo cual deberán realizar los operativos de rigor en todo el
municipio de Íquira (H) y, procederán a aplicar las medidas correctivas de su
competencia.

ARTÍCULO SEXTO – CULTURA CIUDADANA: Instar a los habitantes del municipio
de Íquira (H), a la adopción de comportamientos de autocuidado y de cultura
ciudadana, que contribuyan a la preservación de la vida y la salud pública, en el
marco de los principios de solidaridad, corresponsabilidad y responsabilidad
ciudadana.

ARTÍCULO SÉPTIMO – VIGENCIA: El presente Decreto rige a partir de la fecha de
expedición y se publicará en el Boletín Oficial del municipio de Íquira (H), modifica
las disposiciones que le sean contrarias y tendrá vigencia únicamente en las fechas y
horarios previstos en el mismo.

Estas medidas decretadas, estarán vigente solamente para el día sábado 09 de octubre del 2021.

Decreto

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