El Presupuesto General de la Nación para el año 2022 fue aprobado, en medio de un intenso debate en el Congreso de la República sobre algunos de sus puntos, convirtiéndose en el presupuesto de inversión pública más alto de la historia, según el Ministerio de Hacienda. Aún así, hay varios artículos que producen cierta incertidumbre en los colombianos, como aquel que avala al Gobierno para tomar fondos de algunas cuentas bancarias.
Se trata del artículo 78, que dictamina que si una cuenta bancaria permanece inactiva por más de un año y posee un valor no superior a las 322 Unidades de Valor Real (equivalentes hoy a poco más de 92 mil pesos), dicha cantidad podrá ser transferida al Gobierno para financiar temas propios del Presupuesto General.
“Los saldos de las cuentas corrientes o de ahorro que hayan permanecido inactivas por un periodo mayor a un año y no superen el valor equivalente a 322 UVR, serán transferidos por las entidades financieras tenedoras, a título de mutuo a la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público – Dirección General de Crédito Público y Dirección Nacional”, asegura textualmente el primer apartado.
Sin embargo, cabe mencionar que el artículo también menciona que en el momento en el que el propietario de la cuenta solicite la reactivación del saldo ante la entidad financiera, la Dirección General de Crédito Público reintegrará al “prestamista la suma correspondiente con los rendimientos respectivos”. Aunque no queda claro el tiempo que pueda demorar el trámite.
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