A través del Auto 067 de 2021 proferido por la Sección de Primera Instancia para Casos con Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad del Tribunal para la Paz, ordenó al gobierno de Colombia, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
La JEP le ordenó a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, ARN, que en el término de quince días hábiles y con el apoyo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, presente una estrategia y un plan de acción de acompañamiento para las familias de los reincorporados que hayan tenido que abandonar los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación, ETCR, y de los ex combatientes asesinados y al ICBF que informe en el mismo plazo la situación de escolaridad de los hijos e hijas de los y las excombatientes de las Farc.
La ARN recibió la orden de realizar actuaciones a favor de las familias de los excombatientes asesinados para garantizar el pago del seguro de vida por la muerte a sus beneficiarios y el pago de los gastos funerarios. Así mismo, la agencia tendrá que desembolsar temporalmente el ingreso básico que reciben los excombatientes asesinados a sus hijos e hijas hasta que se presente una estrategia para la protección efectiva.
En este aspecto, en el término de treinta días hábiles deberá presentar un informe sobre el cumplimiento de la orden.
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