Se consideran como bebidas azucaradas aquellas que no tengan un grado alcohólico volumétrico superior a 0,5. El ministro de Hacienda de Colombia, José Antonio Ocampo, dio a conocer que, entre hoy miércoles 2 y mañana jueves 3 de noviembre el Congreso de la República, en debates finales, se va a discutir el proyecto de reforma tributaria. Proponiendo que algunas bebidas azucaradas en el país tengan nuevos impuestos.
Se van a considerar como bebidas ultraprocesadas azucaradas aquellas que no tengan un grado alcohólico volumétrico superior a 0,5 %, y a las cuales se les ha incorporado cualquier azúcar añadido.Para los años 2023 y 2024, las bebidas que contengan menos de 6 gramos de azúcares añadidos no pagarán impuesto, sin embargo los que contengan entre 6 a 10 gramos deberán asumir un impuesto del 18% en los años mencionados.
Conozca la lista de las bebidas azucaradas que llevarán impuesto
Yogurt; suero de mantequilla, leche, nata, cuajadas, kéfir y demás leches de natas fermentadas o acidificadas.
Lactosuero, o cualquier concentrado con adición de azúcar o edulcorante.
Extracto de malta; preparaciones alimenticias de harina, grañones, sémola, almidón, fécula, con un contenido de cacao inferior al 40%.
Jugos de frutas, mosto de uva y agua de coco.
Mezclas en polvo de extractos, esencias y concentrados de café, té o yerba mate y preparaciones a base de estos productos o a base de café.
Agua, incluidas el agua mineral y la gaseada, con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizada, y demás bebidas no alcohólicas, excepto los jugos de frutas u otros frutos o de hortalizas.
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