Beneficiarios de matrícula cero serán definidos por clasificación del Sisben IV, directriz del MEN

La forma como se clasifican socioeconómicamente los estudiantes de las instituciones de educación superior beneficiarios del programa de gratuidad de la educación, o matrícula cero, incluyendo a la Universidad Surcolombiana, cambiará a partir del primer periodo académico de 2023.

Así está dispuesto en el Decreto 1667 de 2021, que reglamenta la política de estado de gratuidad en la matrícula de Instituciones de Educación Superior Públicas para los estratos socioeconómicos 1,2 y 3, inicialmente.

Según la normativa, en el año 2022 los beneficiarios del programa de gratuidad han sido los estudiantes de las Instituciones de Educación Superior públicas pertenecientes a las familias más vulnerables socioeconómicamente de los estratos mencionados, de acuerdo con los reglamentos que para tal efecto fijó el Ministerio de Educación Nacional y los criterios técnicos de vulnerabilidad socioeconómica.

Pero, a partir del año 2023 se hará conforme a la clasificación del SISBEN IV según el grupo y subgrupo que para tal efecto establecerá próximamente el Ministerio de Educación Nacional en los reglamentos operativos diseñados para este fin o la herramienta de focalización que haga sus veces, dice la misma norma.

Según la web oficial, en el Sisbén IV existen cuatro grupos:

•             El grupo A, conformado por la población con menor capacidad de generación de ingresos o población en pobreza extrema.

•             El grupo B, compuesto por hogares pobres, pero con mayor capacidad de generar ingresos que los del grupo A.

•             El grupo C, constituido por población vulnerable o en riesgo de caer en condición de pobreza.

•             El grupo D, conformado por población no pobre ni vulnerable.

Requisitos

Por esta razón, para ser beneficiarios de la política de gratuidad en la educación a partir del primer periodo académico de 2023, debe estar en la clasificación del Sisben IV, que se establecerá en los próximos días de forma detallada.

Por esta razón, se ha invitado a los potenciales beneficiarios de la política de gratuidad a, estar inscritos y tener sus datos actualizados en el Sisben IV mencionado.

Otros requisitos son son:

•             Ser colombiano.

•             Estar matriculado en un programa de pregrado en alguna de las 64 IES públicas.

•             Ser reportado en el Sistema Nacional de la Información de la Educación Superior, SNIES.

•             No poseer título profesional universitario.

•             No poseer títulos de postgrado de cualquier nivel académico.

•             Si cursa dos o más programas en una IES pública, solo recibe beneficio en uno de estos.

•             Debe tener no más de 28 años si es estudiante nuevo, de reingreso o transferencia. Si es estudiante antiguo y tiene más de 28 años, se le financiará lo que le resta para completar sus estudios.

Duración del beneficio

Para los estudiantes nuevos, el beneficio de gratuidad en su matrícula tendrá lugar durante el número de períodos del programa que cursa. Si su carrera dura 10 semestres, y se demora 12 en terminarla, el estudiante tendrá que responder por el pago de los otros dos semestres.

En el caso de estudiantes que hayan solicitado reintegro o transferencias, tendrán beneficio por los semestres que le resten, una vez se acepta su matrícula. Para los estudiantes antiguos, su beneficio seguirá por el tiempo que le reste para terminar sus estudios, siempre y cuando dicho tiempo no exceda el número de semestres que dura su carrera. En el mismo sentido, si el estudiante cambia de carrera se le sumará, a su programa nuevo, el número de semestres que ya le habían sido financiados en el curso del anterior programa.

Pérdida del beneficio

Por otro lado, el estudiante podrá perder el beneficio de gratuidad en su matrícula bajo las siguientes circunstancias:

•             Decisión del beneficiario

•             Documentación no ajustada a la realidad socioeconómica

•             Pérdida de condición de estudiante por asuntos académicos, disciplinarios, entre otros

•             Superar, en su proceso de formación, el número de semestres que dura su carrera

•             Suspensión de máximo 2 períodos académicos.

Exclusión definitiva

•             Decisión del Beneficiario

•             Documentación no ajustada a la realidad socioeconómica

•             Pérdida de condición de estudiante por asuntos académicos, disciplinarios, entre otros.

•             Superar las renovaciones que se reporten

•             No paso de Generación E equidad a FSE

•             Suspensión de máximo 2 período

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